Por las razones anteriormente expuesta, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: INADMISIBLE la acción de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, incoado por los abogados LUIS ARGENIS SÁNCHEZ VILLALOBOS, MARÍA GLORIA REYES GONZÁLEZ y ENRIQUE JOSÉ HENRÍQUEZ MENA, inscritos en el inpreabogado bajo los Nos. 248.251, 119.216 y 202.871, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana LIGIA MIREYA GONZÁLEZ GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.143.400, de este domicilio, según poder debidamente autenticado por ante la Notaria Pública del municipio San Felipe, estado Yaracuy, bajo el No. 10, Tomo 14, Folios 33 hasta 35, de fecha 28 de junio de 2023; contra los ciudadanos YRAIMA ARANIS LÓPEZ .....