Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por la ciudadana MARLE YEHUDIMAR HERNANDEZ CAMACHO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad N° 13.184.227 y domiciliada en la Urbanización La Pradera, sector l, vereda B, casa Nº 08, Municipio Cocorote del Estado Yaracuy, actuando en defensa de los derechos y garantías de los intereses de sus hijos la adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROETCCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE y el niño IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROETCCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE, de 13 y 7 años de edad respectivamente, asistida por la abogada ANA INFANTE, inscrita en el Inpreabo.....