Con fundamento a lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente demanda y como consecuencia de ello se establece al demandado ciudadano: CESAR RAFAEL RUÍZ GONZÁLEZ venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 17.258.269 y de este domicilio, la obligación de pagar:
Primero: La cantidad de VEINTE DÓLARES ESTADOUNIDENSES ($ 20USD) semanales, o su equivalente en bolívares de acuerdo a la tasa fijada por el Banco Central de Venezuela para el día en que se efectué el pago.-
Segundo: El pago, de dos (2) cuotas especiales y adicionales a la cuota de manutención semanal, la primera, equivalente a TREINTA DÓLARES ESTADOUNIDENSES ($ 30USD) , o su equivalente en bolívares de acuerdo a la tasa fijada por el Banco Central de Venezuela para el día en que s.....