DISPOSITIVA
Con fundamento en lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la INHIBICIÓN interpuesta por la Secretaria Titular de este despacho y como consecuencia de ello se designa como Secretaria accidental para el conocimiento de esta causa a la ciudadana: YARIMA OMAIRA RODRÍGUEZ GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V 11.652.822, con domicilio en esta ciudad, Asistente de este Juzgado.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado del Municipio Nirgua, de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy; en nirgua a los nueve (9) días del mes de noviembre del año dos mil nueve. Anos 199° de la Independencia y 150° de la Federación. Exp. 2758 /09
El Juez Titular
Abog. Iván Palencia Arias
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