PARTE DEMANDANTE: En cuanto a las pruebas documentales promovidas en el capítulo PRIMERO, referente este tribunal la ADMITE, por no ser manifiestamente ilegales o impertinente de conformidad con el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En cuanto a las pruebas de informes promovidos en el capítulo SEGUNDO, este tribunal la ADMITE.En cuanto a la prueba testimonial promovida en el capítulo TERCERO, este tribunal la ADMITE, por lo que se fija la oportunidad y la hora para su evacuación en la audiencia de juicio de conformidad con el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.PARTE DEMANDADA: No promovió Pruebas.
El Juez,
Abg. Carlos Manuel Fuentes
La Secretaria Accidental;
Abg. Christabel Acosta