DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO YARACUY, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por los Abogados María de los Ángeles Giménez Parra y Carlos Rolina Ventura; contra la decisión dictada en fecha 16 de Octubre de 2015, por el Tribunal de Juicio Nº 3 Itinerante del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, mediante la cual Negó el Decaimiento de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Liberta que pesa sobre el ciudadano Willians José Giménez. Regístrese y Publíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, en San Felipe a los Catorce (14) días del Mes de Diciembre de Dos Mil Quince (2015). Años 205º de la Independencia y 156º de la Federación.
Los Jueces.....