PRIMERO: CON LUGAR la inhibición formulada conforme al ordinal 12° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, por la abogada YADIRA JOSEFINA OCHOA HENRIQUEZ, en su condición de Jueza Suplente del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en el juicio de NULIDAD DE DOCUMENTO que siguen los ciudadanos MIRYAN MATILDE AREVALO SEQUERA, MILAGROS WILEINYS AREVALO BLANCO, FRANCISCO ROLANDO AREVALO, LENIN RUBÉN AREVALO SEQUERA y NEDDA NOELIA AREVALO DE CHIRINO contra los ciudadanos ODELYS SUJEY AREVALO OLIVEROS, WINDY EDYMAL AREVALO HERNÁNDEZ y WUILLIAMS ROLANDO AREVALO HERNÁNDEZ y FRANCISCO YGNACIO FERNÁNDEZ MANSABEL.
SEGUNDO: En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93 del Código de Procedimiento Civil, el sustituto continuará conociendo del proceso.
TERCERO: De conformidad con sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia N° 1175 de fecha 23 de.....