PARTE DISPOSITIVA
En virtud de todas las consideraciones de hecho y de derecho explanadas durante la realización del presente Juicio, este Juzgado Unipersonal Segundo en función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley conforme a lo previsto en el artículo 364 del Código Orgánico Procesal penal emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Este Tribunal encuentra al Acusado WILLIAN ENRIQUE ACOSTA COLINA, quien es venezolano, mayor de edad, soltero, nacido el 22/03/1974, de 31 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.937.449, residenciado en el sector cuatro esquina, calle 7 entre carreras 5 y 6, casa s/n, Sabana de Parra Estado Yaracuy, CULPABLE de la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE previsto y sancionado en el artículo 259 en concordancia con el artículo 260 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del A.....