En ejercicio de la presente AUTORIZACIÓN la ciudadana LUZ EDDY HERNANDEZ CASTRO, podrá tramitar única y exclusivamente por ante la Oficina del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), la emisión y retiro de los respectivos Pasaportes de los niños supra identificado, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, pudiendo firmar toda clase de documentos. La presente autorización, es única y exclusivamente para tramitar y retirar Pasaporte de los niños, no implica bajo ningún concepto ni circunstancia autorización para que los niños puedan viajar fuera del país, ya que para ello se requiere autorización especial que debe ser otorgada por separado a menos que los niños viajen con ambos padres. Expídanse por Secretaría copia certificada de la presente decisión, conforme a lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.
Se Decreta la emisión de las copia.....