declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de los ciudadanos ELVA LUISA DIAZ y JOSE LUIS ROMERO ORTIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-7.910.166 y V-10.254.806 respectivamente, asistidos por el abogado Amilkar Antonio Ojeda Méndez, inscrito en el Inpreabogado con el número N°130.262; sobre unas bienhechurías, construidas en un área de terreno municipal, con un área de extensión de Doscientos seis con cincuenta y dos metros cuadrados (206,52 MTS²), y un área de construcción de Cincuenta y dos con treinta y seis metros cuadrados (52,36 mts2