PRIMERO: SE INSTA A LA PARTE DEMANDANTE, ciudadano CESAR LUÍS ALVAREZ SEVILLA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-17.990.222, asistido por el abogado CARLOS ALBERTO PERFETTI, Inpreabogado Nº 207.443; a señalar los correos electrónicos y números de teléfonos tanto del demandante como su abogado, a los fines de que este Tribunal se pronuncie sobre su admisión.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE, en la página web oficial del Tribunal Supremo de Justicia WWW.TSJ.GOB.VE.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy. En San Felipe, a los diez (10) días del mes de junio de 2025. Años: 215° de la Independencia y 166° de la Federación.