este Juzgado de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de esta Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de Revisión de Obligación Alimentaria, incoada por la ciudadana MILDRES DE JESÚS ESCOBAR, titular de la cédula de identidad N° 14.210.894, contra el ciudadano ÁNGEL RAFAEL GONZÁLEZ MENDOZA, titular de la cédula de identidad N° 14.938.023, en beneficio de la niña Identidad omitida de conformidad con el Artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente; y considero fijar un aumento en el monto de la Obligación Alimentaria a la cantidad de SETENTA Y CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 75.000,00) quincenal equivalente a CIENTO CINCUENTA MIL BOLÍVARES, (Bs. 150.000,°°) MENSUALES, adicionalmente una cuota extra de TRESCIENTOS MIL BOLÍVARES, (Bs. 300.000,°°) para el mes de Diciembre de cada año, por concepto de aguin.....