DECLARA
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la demandante ciudadana MARÍA MILAGROS BLANDIN CAMACHO, ya identificada, contra la sentencia proferida por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en fecha 28 de Noviembre de 2017, en el juicio de INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS interpuesto por la ciudadana MARÍA MILAGROS BLANDIN CAMACHO en contra de la ENTIDAD BANCARIA BANCARIBE.
SEGUNDO: Queda CONFIRMADA la sentencia recurrida, con la modificación ut supra indicada, en la cual el Juzgado A Quo, debe ratificar los oficios, apercibiendo a los referidos organismos, de la obligación que tienen de prestar la colaboración requerida, conforme al artículo 8 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en consecuencia, al cumplimiento obligatorio del requerimiento solicitado, en un lapso perentorio de diez (10) días hábiles desde la fecha del acuso de recibo en el expediente de los oficios.....