Con base a los razonamientos anteriores, éste Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud de RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE MATRIMONIO, requerida por MARY DEL CARMEN DEGEL GARCIA, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cédula de identidad Nº V-5.456.889, abogada inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 74.135, actuando en su propio nombre y representación de la sucesión del De cujus Josef Degel Zillich y donde pide la rectificación del acta de matrimonio, asentada por ante el Registro Civil del municipio Nirgua, estado Yaracuy, bajo el N° 18, Año: 1958, y del duplicado del libro que se encuentra archivado en la oficina del Registro Principal del estado Yaracuy, bajo el N° 18, Folio 19, Año: 1958, dejándose constancia que debe ser corregida el n.....