DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de aumento de obligación alimentaria, y en consecuencia se condena al demandado DANIEL JOSE OVIEDO RIVAS , titular de la Cédula de Identidad Nº V- 14.210.284 y de este domicilio, a contribuir con la cantidad de TREINTA MIL CIEN BOLIVARES (Bs. 30.100) semanales, como obligación alimentaria aumentada que se fija en beneficio de su hija: la niña: (Identificación Reservada), los cuales deberá consignar en efectivo, al inicio de cada mes, por ante este Juzgado o a la cuenta de ahorros que al efecto se abra.
Adicionalmente a lo establecido como obligación alimentaria semanal en el mes de Agosto, deberá contribuir con la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 150.000) para los gastos relacionados con útiles escolares y uniforme para e.....