En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medida de los Municipios Urachiche y José Antonio Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en sede de asuntos de Alimentos, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la Solicitud de FIJACION DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION, formulada por la ciudadana CARMEN YORBELLYS ROMAN AGULAR, en su carácter de progenitora de su hija identidad omitida, de 04 años de edad, en contra del ciudadano JOSE LUIS CARRERA GUERRERO, antes identificados.
En consecuencia, se fijan las cantidades de: 1) CUATRO MIL BOLIVARES (Bs. 4.000,00) mensuales por concepto de PENSION DE ALIMENTO, a partir de la presente fecha; 2) DOCE MIL BOLIVARES (Bs. 12.000,00) para gastos de Uniformes y Útiles Escolares, en el mes de septiembre de cada año; Y 3) veinte mil bolívares (20.000,00) para la compra de ropa y calzado en el mes de diciemb.....