En consecuencia este Tribunal en aras de no vulnerar el derecho a la defensa y el debido proceso de las partes acuerda reprogramar la Audiencia Preliminar Prolongada, en consecuencia, se fija para el día MIERCOLES VEINTE (20) DE FEBRERO DE 2008, A LAS DIEZ (10:00 AM.) DE LA MAÑANA. No se notifica a las partes por cuanto las mismas se encuentran a derecho de conformidad con el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.