En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara
PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de MODIFICACIÓN DE CUSTODIA, incoada por el ciudadano LISANDRO JOSÉ VARGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.774.291, representado judicialmente por la Abogada WENDY JOSEFINA BETANCOURT CHIRINOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 151.602, en beneficio de los niños " DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA" y "IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA", nacidos la primera el 30 de septiembre del 2005, y el segundo el 17 de abril del 2012, de catorce (14) y ocho (8) años de edad; debidamente representados judicialmente por la Abogada ANA FL.....