PRIMERO: DECRETA MEDIDA DE EMBARGO PROVISIONAL DEL BIEN MUEBLE, el cual pertenece al demandado de autos, consistente en un Vehículo: marca Ford, Clase Camión, modelo F-350 4x4, tipo Plataforma, uso Carga, color Negro, año 2012, placas A69AG21, serial N.I.V. 8YTWF3H69CGA00980, ubicados en su domicilio: en la avenida 12, edificio Beatriz, piso 1, apartamento 3, Valera estado Trujillo.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del fallo.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE en la página web oficial del Tribunal Supremo de Justicia WWW.TSJ.GOB.VE.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe, a los once (11) día del mes de marzo de 2025. Años: 214° de la Independencia y 166° de la Federación.