Este Juzgado de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastídas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de la Obligación Alimentaria, incoada por la ciudadana BESSY YANET QUIÑONEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.109.283 contra el ciudadano AZUAJE QUINTIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.474.537, a favor sus hijos (OMITIDOS), de seis, cuatro y dos años de edad respectivamente, considera pertinente fijar el monto de la Obligación Alimentaria en la cantidad de CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 50.000,ºº) mensuales, o VEINTICINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 25.000,ºº) quincenales a partir del 15/04/2005, las cuales deben ser depositadas de forma mensual o quincenal en la cuenta de ahorros que se ordena aperturar en el Banco Industrial de Venezuela, a favor de sus hijos (OM.....