DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción y
en consecuencia de ello se establece al ciudadano: JOSÉ GREGORIO HERRERA DOUBRONT, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.995.568 y de este domicilio, la obligación de:
Primero: Cumplir con el pago de una obligación de manutención mensual a favor de sus hijos los niños: (Identificación Reservada), de seis (6) y dos (2) años de edad respectivamente y de este domicilio, por la cantidad DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON CINCUENTA CENTÍMOS (Bs.254,50) semanales, que deberá entregar directamente a la demandante, previo entrega de recibo por parte de ésta, o en su defecto consignarlos en efectivo, al inicio de cada semana por ante este.....