DISPOSITIVA
Es por los argumentos de hecho y derecho antes esgrimidos que este Tribunal Tercero de Juicio de Este Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley decide:
PRIMERO: Se decreta el Sobreseimiento de la causa a favor de ELIONAY MANUEL JUAREZ MENDOZA, en virtud de la Prescripción de la acción penal por el delito de Lesiones Leves previsto y sancionado en el art. 416 de Código Penal vigente.
SEGUNDO: En consecuencia se ordena el cese de las medias de coerción personal.
No se acuerdan notificaciones a las partes, en virtud que quedaron notificadas en la misma audiencia.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho de este Tribunal en San Felipe a los once (11) días del mes junio de 2.009, Años 198º de la Independencia y 149º de la Federación.
LA JUEZ TERCERA DE JUICIO (T).
ABG. LIGIA MARÍA GONZALEZ
LA SECRETARIA
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