administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud de Nulidad del Acta de Nacimiento de la adolescente (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), nacida el día 10/11/2013, de doce (12) años de edad, en consecuencia se acuerda PRIMERO: la nulidad del acta de nacimiento de la adolescente (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), nacida el día 10/11/2013, de doce (12) años de edad, signada con el signada con el Nº 443, folio 193, tomo 2, del año 2014, expedida por el Registro Civil y Electoral de la parroquia Chivacoa Municipio Bruzual del estado Yaracuy, de conformidad con lo establecido al numeral 2° del artículo 150 de la Ley Orgánica de Registro Civil, por consiguiente se extingue el contenido de la prenombrada acta de nacimiento, según lo establecido en el artículo 156 ejusdem