Vista la solicitud anterior presentada por la Fiscalía Séptima del Ministerio Público a solicitud de los ciudadanos ETANISLAO ARCADIO SÁNCHEZ ZALAZAR y MARIAN JOSEFINA ESPINOZA PALACIO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números 11.652.686 Y 16.262.402 respectivamente, ambos domiciliados en el municipio San Felipe del Estado Yaracuy, en la cual quedó establecido el acuerdo de Régimen de convivencia familiar a favor de los niños MARVIN ADRIAN, MELVIN JOSÉ y MARIANNYS GABRIELA SÁNCHEZ ESPINOZA, de 11, 9 y 7 años de edad, respectivamente, contenido en el acta de fecha 16 de junio de 2011, el cual quedó establecido en los siguientes términos:
PRIMERO: El progenitor compartirá con sus hijos todos los sábados y domingos desde las 8:30 a.m. hasta las 5:30 p.m., quien los buscará y retornará a la residencia de la progenitora. SEGUNDO: De igual forma, el progenitor compartirá con sus hijos el día del padre y el cumpleaños de éste, y del mismo modo con l.....