declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos de los cónyuges los ciudadanos LUIS GILBERTO PÉREZ ESCALONA y YOHANDY MAYERLIN PEÑA SÁNCHEZ, ambos identificados suficientemente en autos, y en consecuencia, DISUELTO el vínculo que los unía desde el día treinta (30) de Mayo de dos mil ocho (2008), fecha en que contrajeron Matrimonio Civil por ante la Dirección de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Manuel Monge, Yumare, Estado Yaracuy.
En lo que respecta a hijos, el Tribunal no hace ningún pronunciamiento, en virtud de que los cónyuges manifestaron en su escrito que no fueron procreados los mismos durante el matrimonio.
No hay comunidad de bienes que liquidar, y así queda establecido.
No se condena en costas, dada la naturaleza del presente fallo. Ofíciese a los Organismos competentes en su oportunidad, remitiendo copia certificada de la presente Decisión, a los fines legales consiguientes. Expídase las copias que solicite la parte interesada.
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