este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor del ciudadano DANIEL RAFAEL RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V- 3.256.918, sobre un lote de terreno municipal, que mide DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y DOS CENTÍMETROS (283,42m2); con un área de construcción CUARENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON OCHENTA CENTÍMETROS (46,80 m2), ubicada en el Sector Cantarrana, Calle 7 entre Avenidas 2 y 3, Municipio San Felipe de este Estado Yaracuy; la cual consta de sala, comedor, una (01) habitación cocina, baño, piso de cemento pulido, techo de acerolit y zinc y patio, comprendida dentro de los siguientes linderos particulares: Norte: Casa y solar que es o fue de Pacifica Navarro con 31,85 metros; SUR: Casa y solar que.....