Con base a las consideraciones anteriores, en consecuencia, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el prenombrado artículo 201 Ley Orgánica Procesal del Trabajo que se aplica como norma supletoria, por mandato del artículo 452 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente causa, relativa al procedimiento de RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, incoada por la abogada CORELIS BECERRA, Fiscal Auxiliar interino de la Fiscalía Séptima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, actuando a solicitud del ciudadano EUCLIDES ANTONIO AMARO ESCALONA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.998.896, domicili.....