PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido, por la representación judicial del tercero interviniente apelante la empresa VITALIM, C.A., contra el auto de admisión de pruebas de fecha 04 de junio de 2024, dictado por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.-
SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto de admisión de pruebas de fecha 04 de junio de 2024, dictado por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en todas y cada una de sus partes. ASI SE DECIDE.-
TERCERO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la presente decisión.
CUARTO: Notifíquese sobre la presente decisión a la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela de conformidad con lo establecido en el artículo 98 del Decreto con Rango valor y fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, con c.....