en consecuencia se OTORGA AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR AL EXTERIOR, para que las adolescentes IDENTIDAD OMITIDA y los niños IDENTIDAD OMITIDA, nacidos en fechas 14 de agosto de 2011, 5 de abril de 2013, 19 de diciembre de 2017 y 4 de marzo de 2020, Pasaportes Venezolanos Nros. 169915238, 169719047, 170636827 y 194446444 respectivamente, puedan viajar en compañía de su progenitora, específicamente a la República del Líbano, saliendo en fecha 21 de agosto de 2025 vía aérea con la Aerolínea TURKISH AIRLINES, desde la ciudad de Caracas con escala en Istambul Turquía, número de vuelo TK 183 y Istambul Turquía a Beirut Líbano, número de vuelo TK 824, con fecha de retorno 16 de octubre de 2025, desde la República del Líbano, por vía aérea con la Aerolínea TURKISH AIRLINES, desde la ciudad de Beirut Líbano, con escala en Istambul Turquía, número de vuelo TK 833 y Istambul Turquía a Caracas, número de vuelo TK 223. 
Este Tribunal insta a la progenitora que dentro de los tres (3) días hábi.....