En atención a los razonamientos anteriormente expuestos, que este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: Se declaran nulas las boletas de citación consignadas por en fecha 29 de Septiembre de 2021, de los ciudadanos ELIESER DE JESUS GUDIÑO IGLESIAS en la persona de su apoderada judicial al abogada NOHELY RUIZ PALACIOS y OSWALDO JOSE GODOY GAMARRA, plenamente identificados en autos, las cuales constan a los folios 169 y 174 del expediente, de conformidad con el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil, en su condición de parte codemandada en la presente causa. SEGUNDO: En consecuencia, se repone la presente causa al estado de que la parte de librar nuevas boletas de citación a los ELIESER DE JESUS GUDIÑO IGLESIAS, NOHELY MARGARITA RUIZ PALACIOS, OSWALDO JOSE GODOY GAMARRA, LU.....