En mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y por considerarlo procedente en beneficio e interés de los niños de autos a que se le brinde protección, afecto y educación, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de MODIFICACION DECUSTODIA/RESPONSABILIDAD DE CRIANZA, incoado por el ciudadano PABLO ENRIQUE TELLECHEA PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.053.304, domiciliado en la rivera de cumaripa, calle 1, casa N° 31, Municipio Nirgua del estado Yaracuy, asistido por la abogada MARIE XAVIANA GARCÍA GONZÁLEZ, Defensora Pública Provisorio Cuarto, con competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes adscrita a la Defensa Pública de la Circunscripción Judicial del estado Yaracu.....