DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto y en base a la normativa
mencionada, este Tribunal de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. Procede de inmediato a EJECUTAR LA SENTENCIA SANCIONATORIA y NOTIFICAR EL COMPUTO, en contra del adolescente Tomas Alexander Amaro Crespo, plenamente identificado, en los siguientes términos. PRIMERO: El cumplimiento de la Sanción de PRIVACIÓN DE LIBERTAD, por el lapso de DOS (02) AÑOS y SEIS (06) MESES, de conformidad con el artículo 628 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, la cual cumplirá en el Casa de Formación Integral Bachiller Manuel Segundo Álvarez, ubicado en Cocorote del Estado Yaracuy. SEGUNDO: El adolescente Tomas Alexander
Amaro Crespo, ha dado cumplimiento a la sanción de PRIVACIÓN DE LIBERTAD y se le computan de cumplimi.....