REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO NIRGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Nirgua, doce de enero del año Dos Mil Diez.-
199º y 150°
Vista el acta que riela al folios 14 del presente expediente, donde se evidencia que los ciudadanos: ANEL ABRAHAN SUNIAGA CONTRERAS y BETZAIDA ELENA SANCHEZ GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Nº V-17.145.487 y V- 17.991.730, parte demandado y demandante respectivamente, donde el demandado de autos reconoce como su hija a la niña (Identificación Reservada), nacida dentro de la unión concubinaría con la ciudadana BETZAIDA ELENA SANCHEZ GARCIA, y convinieron el monto de la Obligación de Manutención a favor de la mencionada niña donde el padre: "Se comprometió a pasar una obligación de manutención de CIENTO CINCUEN.....