Por las razones de hecho y derecho antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en ejercicio del Despacho Saneador del Juez;
DECLARA
PRIMERO: Ordena al accionante ciudadano JESUS RAFAEL OJEDA ARTEAGA, antes identificado, a que corrija los defectos antes indicados; redactando nuevamente la demanda, para que una vez corregida se provea sobre su admisión o no.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
Dado, Firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, a los doce (12) días del mes de Enero del año dos mil dieciséis (2016). Años 205° de la Independencia y 156° de la Federación. Regístrese, Publíquese.-
La Juez Temporal,
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