este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia y obrando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECLARA: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA de la presente solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIO, presentada por el ciudadano EDUARD LERMITH CAMACHO GUEVARA, venezolano, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad Nº 7.590.384, asistido por la Abogada ROSANA DEL ROSAL SUAREZ, quien está inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 175.625 (funcionaria adscrita al Programa Tribunal Móvil de la Escuela Nacional de la Magistratura), por falta de interés de la parte solicitante, al haber rebasado el término de la perención.