Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario Y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial Del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de divorcio 185, presentada por los ciudadanos EDWARD ERNESTO RENDON SIERRA y ANACELIS DEL CARMEN FLORES LÓPEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros V-17.254.334 y V-24.002.643 respectivamente, quienes estuvieron debidamente asistidos por el abogado ROGER A. RENDON F., inscrito en el INPREABOGADO con el Nº 247.896, y DECRETA: La disolución del vinculo matrimonial contraído entre ellos, en fecha diecinueve (19) de octubre del año 2016, por ante la oficina de Registro Civil del Municipio Cocorote del Estado Yaracuy, según consta en copia certificada del Acta de Matrimonio signada con el Nº 101, que corr.....