decide:
PRIMERO: Declara CON LUGAR LA APELACION interpuesta por el abogado en ejercicio de su profesión Rubén Rafael Rumbos Gil, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 34.930, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, sociedad de comercio Inversiones Agropecuarias Acosta Pérez, C.A, contra la decisión dictada en fecha 20 de enero de 2009, por el Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
SEGUNDO: SE REVOCA la decisión dictada en fecha 20 de enero de 2009, por el Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
TERCERO: Se declara CON LUGAR LA OPOSICIÓN contra el AUTO de fecha 26 de noviembre de 2008 que decretó la medida cautelar innominada solicitada por la ciudadana NORA MAGALI SÁNCHEZ BELTRÁN quien estuvo representada por el abogado en ejercicio de su profesión Balmore Rodríguez Noguera, contra la sociedad de comercio INVERSIONES AGROPECUARIAS ACOSTA PÉREZ, C.A, representada por el abogado en e.....