En razón de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte la HOMOLOGACIÓN al convenimiento efectuado por los ciudadanos ARMANDO ALBERTO VALBUENA AÑEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-7.500.917, de este domicilio, asistido por la abogada en ejercicio ERIKA ELOISA MARIN GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-20.467.837, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 209.947, contra la ciudadana JOSE DE JESUS RANGEL, venezolano, mayor de edad, titular de Cédula de Identidad N° V-7.584.654 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 110.813, conforme al escrito que se encuentra agregado a los folios 118 al 125 y vuelto del expediente, otorgándole .....