PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la parte recurrente contra la decisión de fecha 01 de agosto de 2016, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la recurrida decisión en todas sus partes y en consecuencia, se declara CON LUGAR la oposición formulada y se levanta la suspensión de efectos de la Providencia Administrativa Nº Y-102/2014, dictada en fecha 30 de diciembre de 2014 por la Inspectoría del Trabajo del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.