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Decisiones del dia 12/05/2025

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Primero de Municipio Odinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas.
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : N° Sentencia : 1248-25 Fecha: 12/05/2025
Procedimiento:
Inadmisible
Partes:
SILVIA ELENA FERNANDEZ MUJICA, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, DE ESTADO CIVIL SOLTERA, PORTADORA DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V-11.275.576, DEBIDAMENTE ASISTIDA EN ESTE ACTO POR LA ABOGADA EN EJERCICIO YAMILEX ROJAS QUIEN ESTÁ INSCRITA EN EL INPREABOGADO BAJO EL Nº 61.429
Resumen:
En consecuencia, al evidenciarse las presentes actuaciones, que el error y omisión que presenta el Acta de Defunción de la cual se pide la rectificación, consiste en errores materiales de forma por cuanto no afecta el fondo de dicha acta; por cuanto la Ley Orgánica de Registro Civil contempla el procedimiento para la rectificación de actas que adolecen este tipo de errores; y siendo ello una disposición expresa de la ley. En tal sentido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, esta Juzgadora, declara INADMISIBLE, la presente solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN presentada por la ciudadana SILVIA ELENA FERNANDEZ MUJICA, venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, portadora de la Cédula de Identidad Nº V-11.275.576, por no cumplir con los fundamentos exigido en el Artículo 341 del Código Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 899 Ejusdem. Así se decide. REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE E INCLUSO EN LA PÁGINA WEB OFI.....
Juez/Ponente:
Ligia Ode de Gonzalez
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Odinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas.
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N° Expediente : N° Sentencia : 1249-25 Fecha: 12/05/2025
Procedimiento:
Rectificacion De Acta De Defuncion
Partes:
DULCE CONSUELO LUCENA APARICIO VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, DE ESTADO CIVIL SOLTERA, PORTADORA DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V-10.371.721 DEBIDAMENTE ASISTIDA EN ESTE ACTO POR LA ABOGADA EN EJERCICIO NAYLET ZUNILDE FLORES ROBERTIS QUIEN ESTÁ INSCRITA EN EL INPREABOGADO BAJO EL Nº 153.417
Resumen:
En consecuencia, al evidenciarse las presentes actuaciones, que el error y omisión que presenta el Acta de Defunción de la cual se pide la rectificación, consiste en errores materiales de forma por cuanto no afecta el fondo de dicha acta; por cuanto la Ley Orgánica de Registro Civil contempla el procedimiento para la rectificación de actas que adolecen este tipo de errores; y siendo ello una disposición expresa de la ley. En tal sentido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, esta Juzgadora, declara INADMISIBLE, la presente solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN presentada por la ciudadana DULCE CONSUELO LUCENA APARICIO venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, portadora de la Cédula de Identidad Nº 10.371.721, por no cumplir con los fundamentos exigido en el Artículo 341 del Código Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 899 Ejusdem. Así se decide. En Consecuencia, este Tribunal ordena devolver los Docu.....
Juez/Ponente:
Ligia Ode de Gonzalez
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Odinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas.
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