este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de CONVERSIÓN DE SEPARACIÓN DE CUERPOS EN DIVORCIO y consecuencialmente DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE UNÍA A LOS CIUDADANOS CARLOS JAVIER BRICEÑO TRAVIEZO Y ANYELIS NAILI SEIJAS LINARES, plenamente identificados en autos, debidamente asistidos por la abogada NORELIA LÓPEZ TORTOLERO Inpreabogado N° 227.318, ampliamente identificados en autos, en los términos acordados por ellos en la solicitud de Separación de Cuerpos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, quienes contrajeron matrimonio por ante el Registro Civil del Municipio Urachiche del estado Yaracuy, en fecha 13 de septiembre del año 2013, según se evidencia de la co.....