convinieron el monto por obligación de manutención, a favor del niño beneficiario de esta causa (identidad omitida), y donde el padre del mismo expone: "Ofrezco aportar como manutención a favor de mi hijo, la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 10.000,00) MENSUALES, que pagaré entre los día 21 al 25 de cada mes, siendo que la primera cuota la pagaré entre los días 21 al 25 agosto del presente año, los cuales los depositaré en la cuenta corriente N° 01020311-24-0000026796, en el Banco de Venezuela, a nombre de la Corte Suprema de Justicia, RIF N° G-200000309, mediante cheques, transferencias bancarias o cualesquiera otros medios de transferencia de fondos que asegure el cumplimiento de la obligación y consignaré posteriormente los recibos o las planillas de depósitos validada por el banco por ante la secretaria de este Tribunal, hasta tanto no exista una cuenta a nombre del niño en cuyo caso hare los depósitos a dicha cuenta; adicional a la cuota de manutención ofrezco aportar entre d.....