PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido, por el ciudadano RAMON ALEXANDER LOPEZ, titular de la cedula de identidad Nº 15.447.449. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo recurrido de fecha 21 de julio de 2025 emitido por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en todas y cada una de sus partes. ASI SE DECIDE.
TERCERO: Conforme a lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, no hay condenatoria en costas. ASI SE DECIDE.