acuerda: HOMOLOGAR EL CONVENIO SUSCRITO ENTRE LAS PARTES EN SUS PROPIOS TERMINOS, impartiéndole la debida aprobación. Téngase pasado como en Sentencia con autoridad de Cosa Juzgada. En consecuencia queda establecido: Que el ciudadano: ALEXANDER ANTONIO PEREZ SALON, convino parcialmente con la solicitud de Fijación de la Obligación de Manutención de su hijo identidad omitida, es decir acordó en pasarle a la madre de su hijo, a partir del presente mes, un mercado de alimentos por la cantidad de DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO BOLIVARES FUERTES (Bs. F 274,00) mensual, por concepto de PENSION DE ALIMENTO; y en comprarle ropa y calzado en el mes de diciembre de cada año por conceptos de AGUINALDOS, estimados en la cantidad de OCHOCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. F 800,00). Así mismo convinieron en cubrir conjuntamente por partes iguales los gastos de enfermedad y medicina de su hijo; le firmará un recibo en cada oportunidad que el padre le haga entrega del mercado y los aguinaldos.
.
El mont.....