Por todo el razonamiento tanto de hecho como de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: "SIN LUGAR" el Recurso de Apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandante contra la sentencia de fecha 27 de Septiembre de 2010, emanada del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: "SE CONFIRMA" la recurrida decisión en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia se declara "PRESCRITA LA ACCION" por cobro de PRESTACIONES SOCIALES y otros conceptos laborales, seguida por los ciudadanos YAMILETH RODRIGUEZ Y OTROS contra ASOCIACION COOPERATIVA CONELYAR 154 RS y, solidariamente contra el INSTITUTO AUTONOMO DE LA SALUD DEL ESTADO YARACUY y la FUNDACION SOLIDARIDAD, todos plename.....