En fuerza de los razonamientos expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE por la materia para conocer de la demanda de cobro de prestaciones sociales y otros conceptos, interpuesta en fecha 21 de noviembre de 2008 por la abogado Yoselín Margarita Sandrea Martínez, titular de la cédula de identidad N° 10.416.788, en contra del Instituto Autónomo de Cultura y Servicios Educacionales del estado Yaracuy (IACEY), representada por su Presidente ciudadano Alí Benavides Mastracci, titular de la cédula de identidad N° 11.591.863. En consecuencia, se DECLINA LA COMPETENCIA hacia el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte, con sede en la ciudad de Valencia del estado Carabobo, para que conozca y decida la presente acción.