Por las razones expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: Con Lugar la pretensión contenida en la demanda de Reconocimiento de Documento Privado en su Contenido y Firma, incoada por la ciudadana MICHEL STEFANY GUARNIERI GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-19.818.592, contra la ciudadana SOCORRO HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-24.544.420.
PRIMERO: Téngase de conformidad con lo preceptuado en los artículos 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 1.363 y 1.364 del Código Civil, legalmente reconocido por la ciudadana SOCORRO HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-24.544.420, el do.....