este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana HAYDEE CASTILLO DE LONDOÑO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº. V- 3.301.967, en dos (02) inmueble contiguos, construidos por dos parcelas de terreno propio y las casas sobre ellos construidas, ambos ubicado en la Primera Etapa de la Urbanización La Pradera, ubicada al margen derecho y Calle 18, en sentido Oeste-Este de la Carretera Panamericana, en el Sector dominado San Jacinto de la Población de Cocorote, Jurisdicción del Municipio Cocorote del Estado Yaracuy, el primero adquirido mediante documento debidamente Protocolizado por ante el Registro Inmobiliario de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes del Estado Yaracuy, bajo el Nº 4, Protocolo Prim.....