ME INHIBO de conocer la presente Apelación en un solo efecto, por encontrarme incursa en la causal contemplada en el numeral 5º del artículo 31 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo".- Por tanto, a los fines de asegurar en forma transparente la Tutela Judicial Efectiva a la que se refiere el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, debo manifestar que me encuentro impedida de decidir el asunto que aquí corresponde