En mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y por considerarlo procedente en beneficio e interés del adolescente de autos, a que se les brinde protección, afecto y educación, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de COLOCACIÓN FAMILIAR, incoada por la ciudadana LUZ DEL CARMEN AROCHA ALBRICIO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.858.700, domiciliada en el sector Tierra Amarilla, entre calles 3 y 4, casa S/N., Yaritagua Municipio Peña del estado Yaracuy, asistida por el abogado Javier Arturo Bolívar Montenegro, Defensor Público Auxiliar Primero adscrito a la Defensa Pública del estado Yaracuy, a favor de la adolescente "IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE L.....